viernes, 7 de octubre de 2011

PRESTACIÓN POR JUBILACIÓN

PRESTACIÓN POR JUBILACIÓN




ancianos Nueva Ley de Pensiones 27/2011


  • Condiciones: Edad: Tener 65 años.Período mínimo de cotización: Quince años, de los cuales dos deberán estar comprendidos dentro de los quince años anteriores de causar el derecho.
  • Cuantía: Base reguladora que es el cociente que resulte de dividir por 210 las bases de cotización del interesado durante los 180 meses anteriores al del mes del hecho causante actualizadas y el porcentaje que se aplica a la misma en función de los años cotizados.
  • Alargamiento del periodo de jubilación: El gobierno  propone una jubilación forzosa de 65 a 67 años que se percibiría el 100% de pensión con 37 años de servicio quedando la jubilación a los 70 años.
    La jubilación voluntaria desaparece en el 2021. Los periodos de cotización de forma paulatina  se sustituyen por estas: Con 65 años se puede un jubilar con 38 años y 6 meses de cotización. Con 63 años y acreditando 33 años de servicios se podría acceder con una penalización de un coeficiente reductor del 1,87%
    .
  • Procedimiento para su solicitud: Presentarse los tres meses anteriores o posteriores a la fecha de cese en el trabajo.
         DOCUMENTO

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